10 Setiembre 2013

Interrogante sobre el Proyecto de Contingencia Eléctrica

Por: Sara Salazar Badilla.

Llama mucho la atención que se señale como objetivo básico del Proyecto de Ley de Contingencia Eléctrica el aumento de la participación privada en la producción de electricidad, modificando lo dispuesto por la Ley 7200 de generación paralela, vigente desde 1990, de manera que la capacidad permitida de las centrales hidroeléctricas pasaría de 20 MW a 30 MW, y la potencia por generación privada aumentaría de 15% a 25% de la potencia instalada del sistema eléctrico nacional. Ese no es el único objetivo de este proyecto que cambia el modelo eléctrico costarricense, responsable durante décadas de que la electricidad llegue a todos los rincones del país con calidad, oportunidad y seguridad.

Revisando el proyecto en su texto base nos encontramos con que, aparte de la reforma mencionada, se permitiría a las empresas generadoras nacionales que utilicen energías renovables, incluyendo a las privadas que participan en la producción de electricidad bajo la Ley 7200, colocar directamente, sin intervención del ICE, sus excedentes (que dicho sea de paso son producidos con recursos naturales nacionales) en el Mercado Eléctrico Regional, una vez cumplidos los compromisos de suministro nacional.

Además, se incorpora la figura del gran consumidor, que podrá firmar contratos bilaterales con generadores públicos o privados, lo cual requiere de la existencia de un mercado abierto para funcionar y contradice uno de los argumentos de sus propulsores, cuando aseguran que no se pretende crear ningún mercado. Por otro lado, a diferencia de otros países que impusieron plazos de retorno de hasta cinco años, no se estipula ninguna barrera, entrada o salida, para los grandes consumidores, lo que hace presumir que estos clientes tendrían la libertad de volver al ambiente regulado (ICE y demás distribuidoras) en cualquier momento, con el consecuente riesgo de no poder atenderse las necesidades de energía, porque no se previó su regreso y no se hicieron las inversiones necesarias.

Esta posibilidad es muy delicada, sobre todo considerando que por ley el ICE es el responsable de satisfacer la demanda eléctrica nacional, y es quien en última instancia tiene el deber de responder al país ante un faltante o falla del sistema. Adicionalmente, las empresas distribuidoras (ICE, CNFL, cooperativas de electrificación rural y empresas municipales) tendrían un impacto financiero negativo si sufren la pérdida de sus grandes clientes.

Apertura y privatización. En resumen, este proyecto de ley modifica el modelo eléctrico costarricense que tiene al ICE como comprador único y único responsable de satisfacer la demanda eléctrica nacional, al incorporar la figura del gran consumidor propia de un mercado abierto, y al permitir que cualquier empresa generadora nacional, pública o privada, pueda colocar directamente sus excedentes en el Mercado Eléctrico Regional, así como por la posibilidad de autorizar otros agentes en dicho mercado, aparte del ICE y sus empresas, como lo establece la Ley 9004 que aprobó el Segundo Protocolo al Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, en octubre del 2011.

¿Por qué, partiendo del hecho de que el único objetivo es aumentar la participación privada en el sistema nacional, en vez de proponer una nueva ley, no plantean una reforma a la Ley 7200? La respuesta es evidente: el Proyecto de Contingencia Eléctrica es un paso más para alcanzar el gran objetivo principal que pretenden algunos desde hace años y es la apertura completa y privatización del Sector Eléctrico Nacional.

*Ingeniera

http://www.diarioextra.com/Dnew/noticiaDetalle/179597