8 de Octubre de 2009

La concesión del ICE y sus frecuencias

El Sindicato de Ingenieros y Profesionales del ICE (SIICE) ha venido dando un seguimiento especial al tema de las obligaciones que la nueva legislación de telecomunicaciones ha querido conferirle a la concesión genérica del ICE y las frecuencias otorgadas al amparo de la Ley No. 449, para la entrega de servicios de telecomunicaciones a todas y todos los costarricenses.

Anticipando las acciones que el Poder Ejecutivo y la SUTEL ejecutarían para pedir la devolución de algunas de las frecuencias del espectro radioeléctrico concesionadas al ICE, el 17 de febrero del 2009 enviamos una carta al señor Presidente Ejecutivo del ICE y al Consejo Directivo, en la cual emitimos argumentos bien fundamentados para insistir en que las frecuencias que el ICE tiene, fueron otorgadas por su concesión genérica y en los términos que su ley constitutiva las define: “de pleno derecho la concesión correspondiente por tiempo indefinido”. Adjuntamos la carta para no repetir toda la argumentación.

Hace pocos meses, la SUTEL emitió el “Informe técnico sobre el uso y asignación del espectro radioeléctrico en Costa Rica” con fecha de Mayo 2009 recomendando quitarle al ICE, 2X15 MHz en la banda de 850 MHz, 3 pares de 15 MHz en la banda de 1800 MHz y 3 pares de 15 MHz en la banda nueva IMT de 2100 MHz.

El Consejo Directivo del ICE, desde el 21 de mayo del 2009 inició el análisis de la situación de las bandas del espectro radioeléctrico, solicitando informes técnicos para determinar el uso que se le está dando a ese importante recurso del ICE. Ya se han realizado 5 sesiones de Consejo Directivo en las que se ha tratado de tener claridad sobre las situaciones jurídicas, técnicas y de razonabilidad para el bien del ICE y del país en este tema, tan crítico para la continuidad de los negocios en telecomunicaciones.

El 2 de setiembre 2009, después de un recuento y haciendo análisis de los documentos aportados por SUTEL y el mismo ICE, el MINAET envía al ICE una solicitud (DM-1572-2009) para la suscripción de un acuerdo entre partes (ICE-Poder Ejecutivo) para la extinción de las concesiones de las bandas de frecuencia de 843.5 a 849 Mhz y 888.5 a 901 Mhz; 1730 a 1805 Mhz; 1825 a 1920 mhz; de 1935 a 1990 Mhz; y de 2125 a 2170 Mhz.

Adicionalmente a todos los argumentos de la carta que enviamos en febrero, hemos realizado profusas investigaciones que arrojan la necesidad de resguardar en su totalidad esas bandas de frecuencia, porque técnicamente el ICE se vería disminuido en la cantidad de servicios y la calidad de servicios que podría ofrecer en las condiciones en que se pretende dejar, de igual forma comprometiéndose el crecimiento de los futuros servicios de banda ancha ante este limitación que se pretende. Por ejemplo la banda de los 850 Mhz está casi usada en su totalidad y los requerimientos futuros que la planificación del ICE, así como las tendencias de la industria exigen, demandan su completa utilización, por lo que ceder frecuencias limita al ICE y sus expectativas de crecimiento. De igual forma con la banda de 1800 y 2100 en donde la industria tiende a colocar LTE (4ta generación) con demandas de ancho de banda que dejaríamos de tener en caso de devolver lo que el MINAET pretende. Además, esas frecuencias fueron dadas al ICE “de pleno derecho y por tiempo indefinido”.

Las frecuencias se convierten en un bien fundamental para que la apertura se realice y así incluso fue manifestado en el texto del TLC con los Estados Unidos. Pero también es cierto que este es un compromiso país, no solo del ICE, por lo que no se entiende que sea solamente el ICE el sacrificado en esta carrera por garantizar la entrada de competidores en el mercado de los celulares. Por las inversiones hechas por el ICE en sus bandas de frecuencias, por los derechos actuales que la ley le ofrece al ICE, se debieran analizar otras frecuencias y combinaciones de las bandas de 450, 700 y 900 MHz, con el fin de hacer una oferta favorable de espectro, sin afectar los servicios existentes que presta el ICE.

Insistimos en lo dicho en la carta de febrero, este Sindicato se permite, de la forma más respetuosa pero vehemente, insistir ante las Autoridades Superiores del ICE, en que las concesiones y el espectro radioeléctrico otorgados antes del 30 de junio del 2008, los puede y los debe de conservar por tiempo indefinido y no tiene ninguna obligación legal de proceder a su devolución, siendo ilegal e incomprensible que se suscriba contrato alguno para su devolución al MINAET de una riqueza que es patrimonio de la Institución.

Así mismo, les recordamos a quienes tienen en sus manos esta trascendental decisión para el futuro del ICE y las telecomunicaciones en Costa Rica, las responsabilidades que asumen al tomar decisiones que afecten los derechos que el ICE tiene a su haber y que estarían siendo disminuidos, al suscribir el convenio, por quienes deben ser los primeros en defenderlos y perpetuarlos.